Valoración de inmuebles; !!!Recurre tu liquidación complementaria!!!

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) podría anular las comprobaciones realizadas desde 2013, al considerar que la valoración de inmuebles a efectos de liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) ha de hacerse de forma individualizada.

La sentencia del TSJ puede anular "miles" de liquidaciones complementarias...
La sentencia del TSJ puede anular «miles» de liquidaciones complementarias…

Esto puede traer cola. El TSJ ha dictado ya 2 sentencias en las que se llega a considerar incluso «contrario a derecho» el método de valoración de inmuebles vendidos por parte de la administración.

Las sentencias en concreto son de 1 de octubre de 2013. Sección 4ª de la Sala de los Contencioso Adminsitrativo. En este caso el TSJ advierte que el método usado por la Agencia Tributaria autonómica para la determinación del valor de los inmuebles «es contrario a derecho».

La segunda sentencia es del 28 de octubre de 2015. El TSJ de nuevo, anula el método de valoración de inmuebles utilizado por la Consellería de Hacienda basado en la aplicación de unos coeficientes al valor catastral.

En esta última sentencia el TSJ matiza que «sigue sin realizarse una comprobación individualizada tal como se contempla en la Ley reguladora del impuesto».  Y añade;

«…todas las comprobaciones y liquidaciones realizadas desde 2013 son recurribles y quedarán anuladas»

¿Qué está pasando?

Muy fácil, si usted compra una vivienda, antes de transcurridos 4 años desde la fecha de adquisición, Consellería de Hacienda puede revisar el valor de adquisición de la vivienda y comprobar si el valor de lo declarado se corresponde con el valor «real».

El problema viene con el método de valoración de inmuebles utilizado por la Consellería de Hacienda, basado en la aplicación de unos coeficientes globales por población sobre el valor catastral, sin tener en cuenta ni el estado, la zona o la antigüedad de la vivienda.

Este método de valoración de inmuebles utilizado por la Consellería de Hacienda no cumple con el principal mandato del tribunal que dice que la comprobación del valor de los inmuebles ha de hacerse de forma individualizada.

En la inmensa mayoría de los casos, la valoración de los inmuebles obtenida no es real y está muy por encima de los valores reales de los inmuebles teniendo en cuenta, además el contexto de crisis en que nos encontramos.

En AVANZA INMUEBLES, podemos AYUDARTE con tu RECURSO…Si estás pensando en recurrir, contacta con nosotros y te asesoramos en todo!!

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